Exención de renta por siete años para empresas creativas y culturales
El presidente Iván Duque firmó el decreto 1669 de 2019, mediante el cual se reglamentan disposiciones del Estatuto Tributario y se adicionan normas al Decreto Único Reglamentario en Materia Tributaria en beneficio de las industrias creativas y culturales.
Como lo había anunciado la ministra de Cultura, Carmen Inés Vásquez Camacho, el Gobierno Nacional avanza en la reglamentación de los beneficios tributarios para el impulso de la economía creativa o naranja del país, aprobados en la Ley de reactivación económica (Ley 1943 de 2018) y el Plan Nacional de Desarrollo.
Con la firma del Decreto se oficializa la exención de renta por siete años a empresas existentes cuyo objeto social se enmarque exclusivamente en las industrias creativas y de base tecnológica, y que tengan ingresos brutos anuales inferiores a 80 mil UVT (unos $2.700 millones en 2019).
Este beneficio está dirigido a empresas que se dediquen principalmente a actividades que generen valor agregado en las actividades creativas y de base tecnológica establecidas en el decreto.
Este beneficio está dirigido a empresas que se dediquen principalmente a actividades que generen valor agregado en las actividades creativas y de base tecnológica establecidas en el decreto.
También beneficiará a las nuevas empresas que se establezcan antes del 31 de diciembre de 2021, las cuales tendrán cero impuesto de renta durante los primeros siete años.
“Con esta reglamentación Colombia avanza en el fortalecimiento y creación de mecanismos que permiten desarrollar el potencial económico de la cultura y en la generación de condiciones para la sostenibilidad de las organizaciones y agentes que la conforman, apalancando el desarrollo social y económico de los territorios”, afirmó la Ministra de Cultura Carmen Inés Vásquez.
Cabe decir que son un total de 27 tipos de actividade las que benefician hasta 40 mil empresas existentes. Éstas deberán realizar un mínimo de inversiones y de creación de empleos formales, que en ningún caso puede ser inferior a tres empleados.
Esto incluye, entre otras, la producción y posproducción audiovisual en varias categorías: Edición de libros, creación, conservación y funcionamiento de museos, así como de edificios y sitios históricos relacionados con la cultura y la creatividad; investigaciones y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades.
Además fabricación de joyas, bisutería y artículos conexos; actividades relacionadas al turismo cultural y el desarrollo de sistemas informáticos y de software.
También aplican las actividades teatrales, los espectáculos musicales y otras formas de entretenimiento en vivo.
Las empresas interesadas deberán presentar un proyecto ante el Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura, para lo cual, a partir del 1 de octubre podrán verificar su elegibilidad y los requisitos.
Para más información visita este enlace o el portal www.economianaranja.gov.co.
Fuente | MinCultura